Normativa, solicitud e instrucciones para solicitar la renuncia a convocatoria y/o la anulación de matrícula.
CICLOS FORMATIVOS
NORMATIVA DE REFERENCIA
- Orden ECD/1731/2015, de 31 de julio, sobre la evaluación y la movilidad del alumnado que cursa Enseñanzas Artísticas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
- Orden de 14 de octubre de 2010, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en Andalucía.
Renuncia
- Con el fin de no agotar las convocatorias de módulos previstas en el artículo 9.1 de la presente Orden, el alumnado podrá renunciar, en una de ellas y por una sola vez, a la evaluación y calificación de todos o alguno de los módulos que componen el ciclo formativo así como a la fase de formación práctica en empresas, estudios, talleres u otras entidades.
- La renuncia podrá ser solicitada por la persona interesada, o por su representante legal, siempre que concurra alguna de las circunstancias contempladas en el apartado 2 del artículo 10, con una antelación mínima de dos meses a la fecha prevista para la evaluación final. Para su tramitación y resolución se aplicará el procedimiento establecido en el citado artículo. Dicha solicitud se ajustará al modelo que se recoge como Anexo V.
- En caso de resolución favorable, se consignará «Renuncia convocatoria» en el expediente académico personal y la abreviatura «RE» en el acta de evaluación correspondiente.
Anulación de matrícula
- El alumnado podrá solicitar, por una sola vez y para un mismo ciclo formativo, la anulación de matrícula, que supondrá causar baja en todos los módulos en que esté matriculado y, por consiguiente, no será evaluado en la convocatoria de los mismos, que no será computable.
- La anulación podrá ser solicitada por la persona interesada, o por su representante legal con una antelación mínima de dos meses a la fecha prevista para la evaluación final. Las circunstancias que deben concurrir para su solicitud y el procedimiento que se deberá observar para su tramitación y resolución, serán los establecidos en el artículo 10 de la presente Orden. Dicha solicitud se ajustará al modelo que se recoge como Anexo V.
- En caso de resolución favorable, se consignará «Anulación de matrícula» en el expediente académico personal y la abreviatura «AM» en el acta de evaluación correspondiente.
convocatoria adicional
Se regula porla Orden de 14/10/2010.
- Los alumnos han de aprobar cada módulo (asignatura) en cuatro convocatorias, (junio-septiembre primer año, junio-septiembre segundo año). Si esto no es así, el alumno ha agotado las convocatorias y no puede continuar con el Ciclo.
- Excepcionalmente y con motivos justificados, los alumnos podrán solicitar una convocatoria extraordinaria (junio o septiembre) y por una sola vez, justificando documentalmente:
- Motivos de trabajo: contrato de trabajo.
- Motivos de salud: certificados médicos demostrativos.
- Motivos de discapacidad.
- Otros.
- La fase de formación práctica en empresas se ha de superar en dos convocatorias.
- El plazo para solicitar la convocatoria adicional es de quince días desde la fecha de la última evaluación. (Este año -2022- hasta el 23 de Septiembre).
- Hasta tanto no se conceda la convocatoria adicional, la matrícula se realizará de manera provisional y será anulada en caso de que no se conceda la convocatoria adicional.
- Las solicitudes que no aporten justificación suficiente no se recogerán en secretaría.
CIRCUNSTANCIAS PARA PODER SOLICITAR la renuncia, anulación o convocatoria extraordinaria
El alumnado podrá solicitar la renuncia a la convocatoria de todos o alguno de los módulos que integran el currículo y de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres siempre que concurra alguna de los supuestos de enfermedad, discapacidad, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones personales (cuidado de menor o persona mayor a nuestro cargo…) que impidan la normal dedicación al estudio, todo ello debidamente justificado.
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD
- Cumplimentar y firmar la solicitud [descargar]
- Acompañar la solicitud de la justificación requerida que la avale.
- Presentar en la oficina del Centro, los originales y la solicitud firmada o en la secretaría virtual de los centros educativos – consultar
- Código de centro: 41007266